ABC de España reseña: "Los biberones, los teteros como se les llama en Venezuela, están en apuros en esta nación caribeña debido a la reforma de una ley que, entre otras cosas, pretende prohibir la publicidad y la difusión de este tipo de artículos, así como su uso en niños con menos de seis meses en centros de salud".

La Asamblea Nacional estudiará el martes la reforma de la Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna, que busca incentivar la alimentación de la madre frente a las fórmulas lácteas y otro tipo de alimentos en la primera etapa de vida del recién nacido. La propuesta del Partido Socialista (PSUV), del presidente Nicolás Maduro, que prevé imponer sanciones que van desde los 674 dólares a los 50.000 dólares, ha levantado la controversia, ya que la oposición considera que no se puede promover la lactancia materna con políticas coercitivas.
La diputada Odalis Monzón, vicepresidenta de la comisión de Familia y promotora de la reforma, indicó a Efe que de "lo que se está hablando es de estimular más la lactancia materna", asegurando que la idea es que la ley existente, del año 2007, se cumpla.
El proyecto de ley prohíbe la publicidad no sólo de biberones sino también de leches infantiles. Monzón indicó que, "de la misma manera", que se sacó la promoción del tabaco de los medios de comunicación hay que evitar que se difunda publicidad que incentive el uso de fórmulas alimenticias y biberones para recién nacidos.
Normativa laboral
El proyecto de ley prevé la prohibición de "la promoción y publicidad de fórmulas lácteas adaptadas para niñas y niños, así como de teteros, tetinas y chupones y demás productos designados, en todos los medios de comunicación y demás medios publicitarios con accesibilidad en el territorio nacional". Contempla medidas como la prohibición de la entrega gratuita de este tipo de artículos y de muestras promocionales.
Además, prevé la adaptación de la nueva Ley del Trabajo obligando a las empresas a que se dé tiempo y un lugar específico para que las madres con niños recién nacidos puedan alimentarles.
Contempla también la "prohibición expresa de dar a las niñas y los niños lactantes menores de seis meses de edad, bebidas o alimentos distintos a la leche materna, salvo en caso de indicación médica especial", en los centros de salud.
25Segundo